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Si intercambio inmuebles con otra empresa (permuta), ¿pago impuestos?

Nota 201-01-0586-DGI1 de junio de 2021Actualizado · octubre de 2026Por Rodrigo González

Nuestra respuesta hoy

En una permuta cada parte "vende" su bien y "compra" el del otro, así que ambas causan los impuestos de una venta. Conviene valorar bien cada inmueble y prever esos pagos desde la negociación.

Qué se consultó y qué respondió la DGI

Dos sociedades que iban a intercambiar fincas pidieron que se les exonerara del impuesto de transferencia y de ganancia de capital. La DGI declaró improcedente la solicitud: para efectos tributarios la permuta es una transferencia gravada con impuesto sobre la renta, impuesto de transferencia de bienes inmuebles (2 %) e incluso ITBMS cuando se trata de bienes muebles, y la DGI no tiene facultad para exonerar fuera de los casos de ley, como las transferencias al Estado o entre parientes de primer grado y cónyuges.

PDF Descargar la nota original de la DGI

Qué revisar en tu caso

  • Valor asignado a cada inmueble en la escritura.
  • Costo básico de cada parte para calcular su ganancia.
  • Si la operación entra en alguna exención legal.

Fuente: Dirección General de Ingresos, nota 201-01-0586-DGI del 1 de junio de 2021 · Tema: ISR/ITBMS · Traspaso por permuta.

Respuesta de Alelí Partners actualizada a octubre de 2026. Es orientación general: los hechos de cada caso pueden cambiar la conclusión.