Son cinco registros, en este orden: sociedad, RUC y NIT en la DGI, Aviso de Operación, municipio y, si vas a contratar, CSS. Hacerlos en orden evita multas desde el primer mes.
Paso a paso
- Constituye la sociedad (o decide operar como persona natural). La sociedad se inscribe en el Registro Público con un abogado, que normalmente actúa como agente residente. Si vas a trabajar como independiente, puedes empezar como persona natural.
- Inscríbete en el RUC de la DGI y obtén tu NIT. Es tu identificación fiscal y te da acceso a e-Tax, el sistema donde se presentan las declaraciones. Ahí se registran el contador, el agente residente y el representante legal.
- Tramita el Aviso de Operación en Panamá Emprende. Es el permiso para ejercer tu actividad comercial. Declara bien tus actividades: de eso dependen tus impuestos.
- Regístrate en el municipio. El municipio donde operas cobra un impuesto según tu actividad y te pide una declaración jurada anual.
- Si contratas personal, inscríbete como empleador en la CSS. Desde el primer empleado se reportan cuotas cada mes y se preparan la planilla y los talonarios.
- Deja lista la contabilidad y la facturación. Define tu programa contable y cómo vas a facturar. Si tus ingresos superan B/.36,000 al año, debes cobrar y declarar ITBMS cada mes.
¿Lo hacemos por ti?
Podemos encargarnos de todos los registros, en orden y sin que tengas que hacer filas. En una reunión revisamos tu actividad y te presentamos una propuesta a la medida.
De nuestra biblioteca: legislación sobre el RUC, el Aviso de Operación y el ITBMS, junto con consultas de la DGI sobre inscripción y obligaciones de nuevas empresas. Revisa también las consultas de la DGI sobre procedimiento, registros y sociedades.
Información general basada en nuestra práctica. Cada actividad puede tener permisos adicionales (salud, bomberos, licencias especiales); los requisitos y montos pueden cambiar.


