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Mi sociedad no tiene NITo debe tasas únicas:¿cómo la pongo al día?

Lectura · 4 minActualizado · octubre 2026Por Rodrigo González

Respuesta corta

Se ordena en un orden concreto: primero el RUC y el NIT, luego la tasa única y, con eso resuelto, las declaraciones y multas pendientes. Saltarse el orden suele hacer que el trámite se trabe en la DGI.

Lo esencial

  • Sin NIT no hay trámites. Muchas sociedades antiguas nunca actualizaron su RUC al sistema actual de la DGI. El primer paso es la actualización de RUC con formulario firmado, que es donde también se cambian los correos de notificación.
  • Tres personas vinculadas. La actualización exige registrar como terceros vinculados al contador, al agente residente y al representante legal, cada uno con un recibo de luz o teléfono vigente. También se necesita el recibo de la dirección que tendrá la sociedad.
  • Sin agente residente, no avanza. Si la sociedad perdió a su agente residente, hay que contratar uno antes de la actualización.
  • La tasa única no espera. Si se acumulan tres tasas únicas impagas, la cuarta lleva a la disolución de la sociedad, y rehabilitarla cuesta alrededor de B/.1,000 adicionales. Pagarlas a tiempo es siempre más barato.
  • Después, limpiar obligaciones. Con el NIT en mano se revisan las obligaciones activas: se cancelan las que no corresponden (por ejemplo, sin aviso de operación vigente) y se confirma si la sociedad mantiene cuentas bancarias.
  • Por último, la continuidad. Se presentan las declaraciones omisas, se pagan las multas y se solicita el paz y salvo. En ese punto también se revisa si la actividad obliga a declarar ITBMS.

¿Y si la sociedad ya fue disuelta?

Solo vale la pena ordenarla si el dueño lo necesita (por ejemplo, para vender un bien o cerrar cuentas). En ese caso se presentan las declaraciones hacia atrás hasta la fecha de disolución, se tramita la cancelación del RUC por disolución y se cierra el negocio en el municipio pagando solo hasta la cancelación del aviso. Si quedan vehículos a nombre de la sociedad, hay que traspasarlos.

De nuestra biblioteca: consultas de la DGI sobre tasa única por falta de pago (nota 201-01-1340-DGI de 2023) y sobre su relación con la declaración jurada de renta (nota 201-01-0232-DGI de 2023). Las consultas jurídicas se publican en el sitio oficial de la DGI. Revisa también las consultas de la DGI sobre procedimiento, registros y sociedades.

Información general basada en nuestra práctica. No sustituye una revisión del caso concreto; los montos y requisitos pueden cambiar.